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Todos los becarios tendrán que cotizar en la Seguridad Social

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Los derechos y las prestaciones de los estudiantes en prácticas nunca están exentos de polémica. ¿Cuántas veces hemos oído debates sobre si los becarios deben cobrar por su trabajo? Más allá del sueldo, la cotización en la Seguridad Social era otro tema candente. Pues bien, a partir de ahora todos los estudiantes en prácticas deberán cotizar, tanto si realizan prácticas remuneradas como si no. Esta es una de las novedades del real decreto que el gobierno español aprobó el pasado 28 de diciembre. ¿Con qué objetivo? Básicamente, revalorizar las pensiones públicas. Aunque esta medida busca proteger a los estudiantes contra la precariedad laboral, las empresas y las universidades alegan que la propuesta les coge fuera de juego, ya que han sido avisados con poco tiempo.

En este sentido, los rectores lamentan que no se les haya consultado con antelación y reclaman una mesa de diálogo con el gobierno para reorientar la situación. A grandes rasgos, los rectores no se encuentran cómodos por dos motivos. En primer lugar, el encarecimiento del coste de las prácticas. En segundo lugar, la reducción de la oferta. “La obligatoriedad de cotización a la Seguridad Social de las prácticas podría acarrear un grave problema económico, difícilmente asumible para las universidades, que se añadiría al actual déficit estructural de la financiación universitaria”, indica la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (Crue). ¿Y tú? ¿Estás a favor o en contra de esta medida? ¡Comparte tu experiencia con nosotros en un comentario!

¿Cómo funcionaba la cotización de los becarios en la Seguridad Social?

La cotización no es un elemento nuevo para los estudiantes en prácticas. De hecho, hasta hace pocas semanas estaba regulada por el Real Decreto 1493/2011. Eso sí, el texto establecía tres condiciones para poder cotizar:

  1. Estar matriculado en un ciclo formativo, un grado o un máster.
  2. Realizar practicas extracurriculares, es decir, hacerlas de manera voluntaria.
  3. Recibir una presentación económica por los servicios prestados.

Ahora los dos últimos requisitos desaparecen y la obligatoriedad de cotización se generaliza. Veremos cómo asumen los cambios las universidades, ya que por el momento las gestiones administrativas de los campus se ven desbordadas.

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Fuente: La  Vanguardia

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